Alertas de plagas
Los informes oficiales de plagas son proporcionados por las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria dentro de la región de la NAPPO. Estos informes de plagas están destinados a cumplir con el Estándar de notificación de plagas de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, aprobado por la Comisión Interina de Medidas Fitosanitarias en marzo de 2002.

Cydalima perspectalis (palomilla del boj): APHIS establece un área bajo cuarentena en Virginia Occidental
Cydalima perspectalis (palomilla del boj): APHIS establece un área bajo cuarentena en Virginia Occidental
País: Estados Unidos
Título:
Cydalima perspectalis (palomilla del boj): APHIS establece un área bajo cuarentena en Virginia Occidental
Contacto:
Devon Gaydos, subdirectora nacional de políticas, al 240-457-0297 o devon.gaydos@usda.gov
Texto:
Con vigencia inmediata, el Servicio de Inspección de Sanidad Agropecuaria (APHIS), en colaboración con el Departamento de Agricultura de Virginia Occidental (WVDA), está agregando al estado de Virginia Occidental, en su totalidad, a las áreas bajo cuarentena debido a la presencia de la palomilla del boj (Cydalima perspectalis).
El APHIS está aplicando esta medida para dar respuesta a las detecciones confirmadas de la plaga el 4 de junio en el condado de Berkeley y el 3 de julio en el condado de Morgan. Esta orden reemplaza la Orden Federal DA-2025-29.
Para prevenir la dispersión de la palomilla del boj, el APHIS considera necesario reglamentar el movimiento interestatal de artículos reglamentados por esta plaga provenientes de áreas bajo cuarentena.
Los recintos podrán mover únicamente plantas de boj entre los estados desde las áreas bajo cuarentena si estos operan conforme a un acuerdo de cumplimiento y únicamente si el envío va acompañado de un certificado expedido por la autoridad estatal, el cual certifique que el recinto ha cumplido los requisitos establecidos en la Orden Federal y su acuerdo de cumplimiento. Estos requisitos facilitarán el movimiento interestatal seguro de las plantas de boj por parte de los productores y distribuidores. Las autoridades agrícolas estatales podrán prescribir medidas de salvaguarda y protocolos adicionales.
El APHIS prohíbe el movimiento de todos los demás artículos reglamentados debido al boj, incluidas las partes, los pedazos, los esquejes, las ramas, los desechos de las plantas y cualquier otra parte de esta, ya sea viva o muerta, salvo para fines decorativos.
La Orden Federal y la información adicional sobre esta plaga se encuentran en la página web del APHIS sobre la palomilla del boj.
Conforme a las normas de la CIPF, se considera que Cydalima perspectalis es una plaga que está presente: no está ampliamente distribuida y está sujeta a control oficial en Estados Unidos.
Fecha de Publicación: Jan. 7, 2026, 11:04 a.m.